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Asistencia a las víctimas

Asistencia jurídica

¿Para qué sirve una asistencia legal?

Las víctimas de la tortura son confrontadas a situaciones de urgencia que a menudo requieren de asistencia jurídica.

  1. La víctima puede necesitar ayuda para hacer una solicitud de asilo en otro Estado, después de haber abandonado su país.

  2. Para denunciar en justicia las violencias sufridas, una víctima necesita la asistencia de un abogado. En algunos países, es preferible que el abogado sea extranjero, para evitar las presiones de las autoridades locales, incluidas las autoridades judiciales. En estos casos la OMCT puede delegar observadores competentes ante la justicia, acreditar abogados para visitar a los prisioneros y, si fuera necesario, asegurar su defensa.

  3. La asistencia legal de la OMCT permite presionar a las autoridades con el fin de que éstas lleven a los culpables ante la justicia.

  4. La OMCT puede igualmente exigir de las autoridades judiciales competentes una reparación de los crímenes cometidos, y obtener el apoyo de diferentes organismos nacionales e internacionales.   

Diversas formas de asistencia legal suministradas por la OMCT desde su creación:

  • Intervención ante la embajada del futuro país de acogida de la víctima y de su familia, para acelerar el proceso de decisión, en el marco de una demanda de asilo político.

  • Verificación, de una ONG de la Red SOS-Tortura, de las afirmaciones de un solicitante de asilo, para apoyar su solicitud. La OMCT evalúa igualmente los riesgos de tortura que corre una persona amenazada con el reenvío a su país de origen. La asistencia legal de la OMCT también consiste en trasmitir informaciones a los representantes legales de las víctimas o a intervenir directamente ante las autoridades competentes.

  • Asunción de los costos jurídicos de la defensa de la víctima.

  • Asunción de los costos del procedimiento jurídico de un solicitante de asilo político, en el marco de un proceso de expulsión, de rechazo o de reagrupamiento familiar.

  • Intervenciones comunes, con los representantes del Alto Comisionado para los Refugiados (HCR), con el objetivo de acordar rápidamente el estatuto de refugiados del HCR a las víctimas que continúan en peligro en su país de origen, evitando así su reenvío a un Estado donde corran riesgo de tortura.

  • Entrevistas regulares con las víctimas y sus familias, con el objetivo de analizar su situación y de procurarles consejos jurídicos, en el marco de una solicitud de asilo político; contactar a las víctimas con abogados especializados en procedimientos de asilo; intervenciones ante las autoridades del país de acogida para permitir que la víctima permanezca en un lugar donde pueda disfrutar de los apoyos locales.

  • Constitución de un expediente sólido en vista de una solicitud de asilo político: compilación  de informaciones sobre la víctima, establecimiento de los hechos, síntesis de las intervenciones de la OMCT, aclaración de nuevos elementos descuidados hasta el presente.

  • Asunción de los costos del certificado medico independiente y del informe legal necesarios a los trámites judiciales contra los autores de la tortura.

  • Intervenciones comunes con el Relator Especial de la ONU sobre la tortura, para impedir el reenvío de la víctima a su país de origen cuando la fecha de expulsión ha sido fijada y la víctima corre riesgo de tortura.

  • Entrevistas con la víctima antes de presentar una denuncia contra un agente del estado responsable de actos de tortura; ayuda a la redacción de la denuncia y seguimiento del proceso judicial.

  • Asistencia jurídica bajo la forma de un “amicus curiae” depositado a nombre de la víctima ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; participación en las audiciones de la comisión,  al lado de la víctima.

  • Diversas misiones jurídicas de observación.

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